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Anuncio Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial

Información pública sobre el deslinde total del monte de Utilidad Pública n.º 269 del Catálogo, denominado Monte Maín y Vega de Tielve, sito en el término municipal de Cabrales.

Anuncio Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial.

Información pública sobre el deslinde total del monte de Utilidad Pública n.º 269 del Catálogo, denominado Monte Maín y Vega de Tielve, sito en el término municipal de Cabrales.

 

Acordada la realización del deslinde total del monte de Utilidad Pública n.º 269 del Catálogo, denominado Monte Maín y Vega de Tielve, sito en el término municipal de Cabrales y perteneciente al pueblo de Tielve, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 96 y 97 del Reglamento de Montes de 22 de febrero de 1962, se fija la fecha del 14 de julio del año 2021, para el comienzo de las operaciones de Apeo, que serán efectuadas por la Ingeniero de Montes doña María del Pilar Díaz Muñoz, comenzando en la margen derecha del río Cares sobre el puente de Torbanes, y citando a los interesados en la antigua escuela pública de Tielve, a las 10:30 horas del citado día. Se emplaza a los colindantes y a las personas que acrediten un interés legítimo para que asistan al mencionado acto, señalándose que de conformidad con lo preceptuado en los artículos 97 y 121 del Reglamento de Montes, sólo podrán reclamar contra la práctica del Apeo los que hayan asistido personalmente, o por medio de representantes a dicho acto. Durante el plazo de cuarenta y cinco (45) días naturales siguientes a la publicación de la presente Información Pública podrá presentarse por los interesados la documentación que consideren conveniente, en justificación de sus derechos, a través de los registros de la administración pública o presencialmente en las Oficinas del Servicio de Montes de la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial (Edificio Administrativo de Servicios Múltiples del Principado de Asturias Calle Coronel Aranda 2 tercera planta Sector Centro Izquierda Oviedo) concertando cita previa en el teléfono 985 105 834. En aplicación de lo dispuesto en los artículos 97 y 123 del Reglamento de Montes una vez finalizado el plazo señalado anteriormente, quienes no hubieran presentado la correspondiente documentación acreditativa de sus derechos, en el presente trámite y el plazo expresamente concedido al efecto, no podrán presentarla en este expediente, ni formular por tanto reclamación de propiedad en el mismo, sin perjuicio de su derecho a seguir el procedimiento establecido en los artículos 128 y 129 del Reglamento de Montes citado, una vez que sea firme la Resolución aprobatoria del deslinde. Al objeto de acreditar la propiedad se recomienda acudir con la documentación de las fincas afectadas por el deslinde. Asimismo, se recomienda aportar la referencia catastral de las fincas (Polígono y Parcela) para su identificación. Lo que se hace público para general conocimiento.

En Oviedo, a 15 de marzo de 2021. La Secretaria General Técnica. Cód. 2021-03437.

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